lunes, 22 de abril de 2013

El nombre de Puerto Rico



Clara estoy, que uno de nuestros grandes problemas es de educación. Si nos educáramos más, la mitad de las discusiones que se dan; que en muchos momentos toman dimensiones político partidista, no tendrían razón de ser. En vez de invertir nuestro tiempo en discusiones estériles, deberíamos utilizarlo en cosas realmente productivas y necesarias para el país.

En esa categoría incluyo la discusión que se da en nuestra Isla, repetidamente, sobre el nombre de Puerto Rico. Cada vez que cambia una administración, se hace un “operativo” a nivel gubernamental. Se le cambia el nombre a instituciones, a los procesos, a los sistemas, etc. Hay cambios de logos, de papelería, de colores; en fin, se trata de borrar toda huella. Así pasamos de Estado Libre Asociado de Puerto Rico a Gobierno de Puerto Rico y volvemos a empezar. Esto, lo único que deja claro es que no hemos alcanzado nuestro nivel de madurez ciudadana.

Una constitución, se supone, es la ley suprema de un país. Claro, por nuestra relación con los EE. UU., existen algunas consideraciones respecto a su Constitución que debemos tener. Si somos un país de ley y orden, debemos cumplir con lo dispuesto en nuestra Constitución, en nuestras leyes y reglamentaciones.  Esto no es cuestión de gustos; sino lo que debe ser. 

El nombre oficial de nuestro país es Estado Libre Asociado de Puerto Rico; según establecido en nuestra Constitución de 1952. Esto hay que verlo desde el punto de vista jurídico; no ideológico. El Artículo 1 de la Constitución es sobre el Estado Libre Asociado. La Sección 1 establece el nombre. “Se constituye el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su poder político emana del pueblo y se ejercerá con arreglo a su voluntad, dentro de los términos del convenio acordado entre el pueblo de Puerto Rico y los Estados Unidos de América”.